La Orden Ejecutiva 13660, firmada el 6 de marzo de 2014, autoriza sanciones a las personas y entidades responsables de violar la soberanía e integridad territorial de Ucrania, o por robar los bienes del pueblo ucraniano. Estas sanciones imponen restricciones a los viajes de determinadas personas y funcionarios y demuestran nuestros continuos esfuerzos por imponer un costo a Rusia y a los responsables de la situación en Crimea.
Orden ejecutiva 13661, emitida el 17 de marzo de 2014, bajo la emergencia nacional con respecto a Ucrania que encuentran que las acciones y políticas del gobierno ruso con respecto a Ucrania – incluyendo el despliegue de fuerzas militares rusas en la región de Crimea de Ucrania – socavan los procesos e instituciones democráticos en Ucrania ; amenazar su paz, seguridad, estabilidad, soberanía e integridad territorial; y contribuir a la apropiación indebida de sus activos.
Una nueva Orden Ejecutiva, «Bloqueo de la propiedad de personas adicionales que contribuyan a la situación en Ucrania», emitida el 20 de marzo de 2014, amplió el alcance de la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13660 del 6 de marzo de 2014, y ampliada por la Orden Ejecutiva 13661 del 16 de marzo de 2014, encontrando que las acciones y políticas del Gobierno de la Federación de Rusia, incluida su supuesta anexión de Crimea y su uso de la fuerza en Ucrania, continúan socavando los procesos e instituciones democráticos en Ucrania; amenazan su paz, seguridad, estabilidad, soberanía e integridad territorial; y contribuyen a la apropiación indebida de sus activos y, por lo tanto, constituyen una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior del país. Estados Unidos.
La Orden Ejecutiva 13685 fue emitida el 19 de diciembre de 2014. Utilizando estas Órdenes Ejecutivas, Estados Unidos ha incrementado constantemente los costos de las acciones agresivas de Rusia hacia Ucrania. Hemos designado varias entidades rusas y ucranianas, incluidas 14 empresas de defensa y personas del círculo íntimo de Putin, y hemos impuesto sanciones específicas que limitan cierta financiación a seis de los bancos más grandes de Rusia y cuatro empresas de energía. También hemos suspendido el financiamiento crediticio que fomenta las exportaciones a Rusia y el financiamiento para proyectos de desarrollo económico en Rusia, y ahora estamos prohibiendo la provisión, exportación o reexportación de bienes, servicios (sin incluir los servicios financieros) o tecnología en apoyo de la exploración. o producción para proyectos de aguas profundas, mar adentro del Ártico o de esquisto que tienen el potencial de producir petróleo en la Federación de Rusia, o en el área marítima reclamada por la Federación de Rusia y que se extiende desde su territorio, y que involucran a cinco importantes empresas energéticas rusas.
Estas acciones, en estrecha coordinación con nuestra UE y socios internacionales, envían un fuerte mensaje al gobierno ruso de que sus acciones tienen consecuencias que amenazan la soberanía y la integridad territorial de Ucrania. Estados Unidos, junto con socios internacionales, seguirá apoyando al gobierno de Ucrania hasta que Rusia cumpla con sus obligaciones internacionales. Estados Unidos está dispuesto a tomar medidas adicionales para imponer más costos políticos y económicos. Una Ucrania segura, integrada con Europa y que disfruta de buenas relaciones con todos sus vecinos, redunda en interés de Estados Unidos, Europa y Rusia.
La Orden Ejecutiva 13694 se emitió el 1 de abril de 2015 y autorizó la imposición de sanciones a las personas y entidades que se determina que son responsables o cómplices de actividades maliciosas habilitadas por el sistema cibernético que resultan en daños enumerados que tienen una probabilidad razonable de resultar en, o han contribuido materialmente a, una amenaza significativa para la seguridad nacional, la política exterior, o salud económica o estabilidad financiera de los Estados Unidos. La autoridad ha sido enmendada para permitir también la imposición de sanciones a individuos y entidades que se determine que son responsables de manipular, alterar o causar la apropiación indebida de información con el propósito o efecto de interferir o socavar los procesos electorales o instituciones en E.O. 13757.
Orden ejecutiva 13757 emitida el 28 de diciembre de 2016, enmienda EO 13694. E.O. 13757 se enfoca en daños específicos causados por actividades cibernéticas maliciosas significativas, y ordena al Secretario de Hacienda, en consulta con el Fiscal General y el Secretario de Estado, imponer sanciones a aquellas personas que él determine que son responsables o cómplices de las actividades. conduciendo a tales daños. El Departamento de Estado de EE. UU. Y otras agencias gubernamentales de EE. UU. Trabajan para identificar a las personas y entidades cuya conducta cumple con los criterios establecidos en E.O. 13694, según enmendada, y designarlos para su sanción bajo la autoridad delegada de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Tesoro.Las personas designadas bajo esta autoridad se agregan a la lista de la OFAC de nacionales especialmente designados y personas bloqueadas (Lista SDN).