Renovaciones, transferencias de títulos y duplicados de certificados

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Renovaciones de registro de embarcaciones

Las personas que poseen embarcaciones deben renovar el registro en el mes de nacimiento del propietario. Si el barco está registrado a nombre de más de una persona, el mes de nacimiento de la persona cuyo nombre aparece primero en el registro se utilizará para determinar la fecha de renovación.

Para barcos propiedad de empresas, corporaciones , agencias gubernamentales y registros emitidos a distribuidores y fabricantes, el período de renovación es del 1 de junio al 30 de junio.

Los registros de embarcaciones pueden procesarse hasta tres meses antes del vencimiento. Las renovaciones se pueden completar en línea, por correo o en persona. Los propietarios tienen la opción de renovar los registros de embarcaciones por períodos de uno o dos años.

Tarifas de registro de embarcaciones

El cuadro a continuación indica la tarifa actual y la tarifa reducida según la clasificación de la embarcación si está equipado con una EPIRB o si el propietario tiene un PLB. Para obtener más información sobre esta reducción de tarifas, haga clic aquí.

Las tarifas reducidas entran en vigencia desde el 1 de julio de 2016 hasta el 30 de junio de 2017 solo para aquellos que se registran en una oficina.

Las tarifas de inscripción también incluyen una tarifa de servicio de $ 2.25 y una tarifa de FRVIS de $ .50, no incluidas en las tarifas anteriores.

TARIFAS COMERCIALES: Se requiere una tarifa adicional de licencia de embarcación comercial de $ 50 para todos los no residentes o extranjeros a menos que estén específicamente exentos por ley.

NOTA: La tarifa opcional del condado la retiene el condado donde está registrada la embarcación. Los condados que cobran la tarifa opcional del condado son: Broward, Charlotte, Collier, Dade, Hillsborough, Lee, Manatee, Monroe, Palm Beach, Pinellas, Polk, Sarasota y Volusia.

Transferencias de título

Nadie puede vender, ceder o transferir una embarcación titulada por el estado de Florida sin proporcionar al comprador o cesionario un certificado de título válido. El título debe estar debidamente completado, indicando la transferencia al comprador o al cesionario.

Cuando la propiedad de la embarcación se transfiere de una persona a otra, se debe presentar una solicitud de transferencia de propiedad ante un recaudador de impuestos del condado o una licencia. agente de placa dentro de los 30 días junto con una tarifa de transferencia de título de $ 5.25. Si no se realiza una solicitud de transferencia dentro de los 30 días, al comprador o al cesionario se le cobrará una tarifa adicional de $ 10.

Al presentar una solicitud de transferencia de título, el nuevo propietario debe proporcionar un recaudador de impuestos del condado o agente de matrículas con el último título emitido para la embarcación.

Solicitud de certificados duplicados

Si se pierde o destruye un registro de embarcación válido de Florida, se puede obtener un duplicado de un impuesto del condado recaudador o agente de matrículas presentando el Formulario HSMV 87015. Si un certificado de título de Florida se pierde o se destruye, el titular puede obtener un duplicado presentando un Formulario HSMV 82101 completo y una tarifa de $ 6 a un recaudador de impuestos del condado o agente de matrículas. La solicitud se procesará y el título duplicado se enviará por correo dentro de los cinco días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud. Para aquellos condados que emiten duplicados acelerados y oficinas de FLHSMV, se aplica una tarifa de $ 11.

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