Reciprocidad de pistolas ocultas

Desde 1995, Carolina del Norte ha permitido a los residentes calificados del estado obtener un permiso para portar una pistola oculta del alguacil del condado de origen del solicitante. El permiso es válido por cinco años a menos que sea revocado. Consulte las Leyes de armas de fuego de Carolina del Norte para obtener una lista de lo que se debe y no se debe hacer para portar un arma de fuego oculta en Carolina del Norte. Esta información está diseñada solo como una guía de referencia y no debe se puede confiar en él como asesoramiento legal.

Permisos de otros estados otorgados aquí

A partir del 1 de diciembre de 2011, Carolina del Norte reconoce automáticamente los permisos de transporte ocultos emitidos en cualquier otro estado. Los titulares de permisos estatales deben familiarizarse con las leyes de Carolina del Norte.

Por ejemplo, en Carolina del Norte, no se pueden llevar pistolas ocultas:

  • En instalaciones policiales o correccionales como una prisión.
  • En cualquier espacio ocupado por empleados estatales o federales, incluidos los juzgados estatales y federales.
  • En las escuelas o en los terrenos de la escuela. *
  • En áreas de asambleas, desfiles, funerales o manifestaciones. **
  • En cualquier lugar donde se vendan y consuman bebidas alcohólicas (como algunos resta urants) las instalaciones están publicadas como prohibidas.
  • En cualquier área donde las armas de fuego ocultas estén prohibidas por la ley federal.
  • En cualquier lugar de negocios que haya colocado un letrero que prohíba las armas ocultas en su locales.
  • Por cualquier persona mientras consume alcohol o mientras está bajo la influencia del alcohol o cualquier sustancia controlada (a menos que se obtenga legalmente y se tome según las indicaciones de un médico).

* A partir del 1 de octubre de 2013, a menos que lo prohíba una escuela privada, un titular de un permiso de pistola oculta puede guardar una pistola en el vehículo cerrado con llave de la persona o en un contenedor cerrado firmemente fijado al vehículo de la persona mientras esté en el campus. NO se puede llevar encima de la persona.

** A partir del 1 de octubre de 2013, a menos que se indique que está prohibido, un titular de un permiso de pistola oculta puede poseer una pistola oculta mientras esté en un desfile o funeral. estas excepciones consulte el Proyecto de Ley 937 de la Cámara de Representantes, la Ley de Sesiones 2013-369, las Leyes de Armas de Fuego de Carolina del Norte y nuestra tabla que muestra dónde no se pueden llevar armas de fuego ocultas en Carolina del Norte.

Para poseer una pistola oculta en Carolina del Norte, debe :

  • Lleve su permiso y una forma válida de identificación con usted en todo momento.
  • Revele el hecho de que tiene un permiso de arma de fuego oculto válido cuando se le acerque o se dirija a usted por cualquier oficial de la ley en Carolina del Norte.
  • Informe al oficial que está en posesión de una pistola oculta.
  • Presente tanto el permiso como una identificación válida a pedido de un oficial
    NOTA: No debe intentar mostrar su arma ni su permiso a menos que lo indique un oficial.

Permisos otorgados en otros estados

Los titulares de permisos deben saber que, si bien pueden portar legalmente un arma de fuego oculta mientras visitan estos estados, están sujetos a las leyes del estado que visitan y son responsables de aprender acerca de esas leyes.

Estados con acuerdos de Carolina del Norte

  • Alabama
  • Alaska
  • Arizona
  • Arkansas
  • Colorado
  • Delaware
  • Florida
  • Georgia
  • Idaho
  • Indiana
  • Iowa
  • Kansas
  • Kentucky
  • Louisiana
  • Michigan
  • Mississippi
  • Missouri
  • Montana
  • Nebraska
  • New Hampshire
  • Nuevo México
  • Dakota del Norte
  • Ohio
  • Oklahoma
  • Pensilvania
  • Carolina del Sur
  • Dakota del Sur
  • Tennessee
  • Texas
  • Utah
  • Virginia
  • Washington
  • Virginia Occidental
  • Wisconsin
  • Wyoming

Las fuerzas del orden pueden comunicarse con nuestro abogados de enlace de las fuerzas del orden en el Departamento de Justicia al (919) 716-6500 o por fax al (919) 716-6760.

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