Origen del Gran Sello
En el siglo XVIII, era habitual que los gobernantes de las naciones autenticaran documentos estatales importantes colocando un sello como símbolo del poder gobernante. En consecuencia, cuando Estados Unidos nació, el Congreso Continental actuó para proporcionar un sello a la nueva nación. Al declarar la independencia el 4 de julio de 1776, el Congreso esa noche nombró a Benjamin Franklin, John Adams y Thomas Jefferson un comité «para traer un dispositivo para un sello para los Estados Unidos de América».
El comité consultó con el artista de Filadelfia Pierre Eugène du Simitière, eligiendo un diseño suyo, con ligeros cambios, para el anverso, y uno de Franklin para el reverso, informó al Congreso el 20 de agosto de 1776. Ese organismo presentó el informe y aplazó la adopción de nuevas medidas. Sin embargo, ciertos elementos se trasladaron al sello que se adoptó: el escudo, el lema E pluribus unum (aparentemente aportado por Franklin), el «Ojo de la Providencia en un triángulo radiante» y la fecha «MDCCLXXVI».
El 25 de marzo de 1780, el Congreso remitió el informe a un nuevo comité, formado por James Lovell de Massachusetts, John Morin Scott de Nueva York y William Churchill Houston de Nueva Jersey. Mientras tanto, el 14 de junio de 1777, el Congreso había adoptó las barras y estrellas como bandera nacional. w comité, ayudado por el versátil Francis Hopkinson, informó sobre su diseño el 10 u 11 de mayo de 1780. El 17 de mayo, el Congreso consideró el informe y ordenó que se volviera a enviar. Aunque sufrió el destino de la propuesta anterior, algunos de sus elementos también se trasladaron al sello final: los colores rojo, blanco y azul en el escudo; la rama de olivo; y la cresta de una «constelación radiante de 13 estrellas».
En la primavera de 1782, el Congreso nombró como tercer comité a Arthur Middleton y John Rutledge de Carolina del Sur y Elias Boudinot de Nueva Jersey. Este comité buscó ayuda de William Barton, un joven de Filadelfia experto en heráldica y dibujo. Barton preparó dos diseños complicados, el segundo de los cuales el comité informó al Congreso el 9 de mayo de 1782. En este diseño, el «águila desplegada» apareció en el anverso y la pirámide en el reverso, con este último acercándose a su forma final. Sin embargo, aún insatisfecho, el 13 de junio el Congreso remitió este y los informes anteriores a Charles Thomson, secretario del Congreso.
Con los informes de los tres comités ante él, Thomson preparó ahora su propio diseño. Adoptando el águila del diseño de Barton como figura central, especificó que sería un «águila americana» y «en el ala & en aumento» en lugar de «mostrada». En el pecho del águila colocó el escudo, y en el escudo reorganizó en forma de galones las rayas blancas y rojas que el segundo comité había hecho en diagonal y que Barton había hecho horizontales. En la garra derecha del águila colocó una rama de olivo, del diseño del segundo comité, y en la garra izquierda un haz de flechas. Para la cresta tomó la constelación de 13 estrellas del diseño del segundo comité. Del informe del primer comité adoptó el lema E Pluribus Urum , colocándolo en un pergamino en el pico del águila. Para el reverso aceptó el diseño de Barton, sustituyendo, sin embargo, nuevos lemas, reintroduciendo la fecha «MDCCLXXVI», y reemplazando el «Ojo, rodeado de una Gloria» por «un Ojo en un triángulo rodeado de una gloria «, del informe del primer comité. Thomson entregó a Barton una descripción escrita de este diseño junto con un bosquejo del anverso.
El 19 de junio de 1782, Barton reescribió la descripción de Thomson de la anverso en el lenguaje preciso de la heráldica. Hizo un cambio importante en el escudo, sustituyendo los galones de Thomson por 13 franjas verticales alternativamente blancas y rojas debajo de un jefe azul. Restableció la postura «mostrada» del águila y especificó que las flechas debían ser 13.
Inmediatamente después de recibir el artículo de Barton del 19 de junio, Thomson redactó un informe al Congreso. Basándose en el artículo de Barton, con un menor omisiones, y añadiendo su propia descripción anterior del reverso (que había adaptado de Barton), lo presentó al Congreso al día siguiente. Por resolución del 20 de junio de 1782, el Congreso adoptó el informe de Thomson. Su descripción heráldica, o blasón, que tiene fuerza de ley, dice lo siguiente (Journals of the Continental Congress, 1774-1789, vol. xxii, págs. 338–339; para la explicación de Thomson del simbolismo, véanse las págs. 339–340):
BRAZOS. Paleways de trece piezas, argent y gules; un jefe, azul; el escudo en el pecho del águila americana se muestra propiamente, sosteniendo en su garra diestra una rama de olivo , y en su siniestro un haz de trece flechas, todo correcto, y en su pico un pergamino, inscrito con este lema, «E pluribu s Unum ”.
Para CREST.Sobre la cabeza del águila, que aparece sobre el escudo, una gloria, o, rompiendo una nube, propiamente dicha, y rodeando trece estrellas, formando una constelación, argent, sobre un campo azul.
REVERSE. Una pirámide inacabada. En el cenit, un ojo en un triángulo, rodeado de una gloria propiamente dicha. Sobre el ojo estas palabras, «Annuit Coeptis». En la base de la pirámide, las letras numéricas MDCCLXXVI. Y debajo del siguiente lema, «Novus Ordo Seculorum».
Los tres lemas latinos se han traducido, «De muchos, uno»; «Ha favorecido nuestras empresas»; y «Un nuevo orden de las edades».
En tres meses, el anverso se cortó en latón. La primera impresión conocida está en un documento fechado el 16 de septiembre de 1782, que autoriza al general George Washington a negociar con el Británico con respecto a los prisioneros de guerra. El sello y la prensa permanecieron con Charles Thomson como secretario del Congreso Continental hasta que los entregó el 23 de julio de 1789 a Washington como presidente según la Constitución. Una ley del nuevo Congreso, aprobada el 15 de septiembre de 1789 , cambió el Departamento de Relaciones Exteriores por el Departamento de Estado, incluidas las disposiciones para la custodia y el uso del sello de la siguiente manera:
… el sello utilizado hasta ahora por los Estados Unidos en el Congreso reunido, será, y por la presente se declara ser, el sello de los Estados Unidos.
… dicho Secretario mantendrá dicho sello, y extenderá y registrará, y colocará dicho sello a todas las comisiones civiles, a los funcionarios de los Estados Unidos, que serán nombrados b y el Presidente por y con el consejo y consentimiento del Senado, o por el Presidente solo.
Disponiéndose, que dicho sello no se colocará en ninguna comisión, antes de que el mismo haya sido firmado por el Presidente de los Estados Unidos, ni a ningún otro instrumento o acto, sin la autorización especial del Presidente para ello.