Escuelas de capacitación de guardias de seguridad consideradas esenciales durante el estado de Nueva York en pausa
Las escuelas de capacitación de guardias de seguridad se han considerado un negocio esencial durante el estado de Nueva York en pausa, la orden ejecutiva emitida por el gobernador Andrew M. Cuomo para combatir la propagación de COVID-19.
Esta determinación permite que las escuelas permanezcan abiertas y continúen capacitándose, pero deben cumplir con las pautas sobre la ocupación de estudiantes distanciamiento social, así como protocolos de limpieza y desinfección adecuados.
Consulte este memorando de orientación para obtener más información.
Descripción general
La ley del estado de Nueva York requiere registro y formación de guardias de seguridad en el estado. La Oficina de Seguridad Pública de DCJS proporciona supervisión administrativa para la capacitación de seguridad obligatoria y aprueba las escuelas de capacitación de guardias de seguridad. La División de Servicios de Licencias del Departamento de Estado del Estado de Nueva York tiene la responsabilidad de supervisar el registro de todos los guardias de seguridad.
Las preguntas sobre el registro y las licencias deben dirigirse a la División de Servicios de Licencias por correo electrónico o llamando ( 518) 474-7569. O visite www.dos.ny.gov/licensing para obtener más información.
Las preguntas sobre capacitación deben dirigirse a [email protected] o al (518) 457-2667.
Requisitos de capacitación
Los siguientes cursos son los únicos requeridos para convertirse en guardia de seguridad en el estado de Nueva York.
Todos los guardias de seguridad deben completar un examen preliminar de 8 horas. -Curso de capacitación de asignación antes de solicitar al Departamento de Estado una tarjeta de registro de guardia de seguridad. Ese curso debe ser seguido por un curso de capacitación en el trabajo de 16 horas para guardias de seguridad dentro de los 90 días posteriores al empleo inicial como guardia de seguridad. Los guardias también deben completar un Curso de capacitación anual en servicio de 8 horas para guardias de seguridad cada año.
Los solicitantes de guardias armados deben tener una licencia de pistola válida del estado de Nueva York de conformidad con la Ley Penal 400.00 y deben completar un 47- Curso de capacitación en armas de fuego por hora para guardias de seguridad antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia armada especial. A partir de un año a partir de la fecha de finalización del curso de capacitación sobre armas de fuego de 47 horas, los titulares de una tarjeta de registro de guardia armada especial también deben completar anualmente un curso anual de capacitación en servicio de 8 horas para guardias de seguridad armados.
Preguntas frecuentes
Escuelas de guardias de seguridad
Una lista de escuelas aprobadas para operar en el estado de Nueva York. Esta lista también incluye escuelas cuya aprobación ha sido revocada por DCJS; estas escuelas no pueden ofrecer capacitación.
Cursos de capacitación obligatorios
La sección 89-n de la Ley Comercial General del Estado de Nueva York establece varias exenciones y / o exenciones de capacitación basadas en la Policía Municipal anterior Capacitación aprobada por el Consejo de Capacitación para hacer cumplir la ley.
Publicaciones y formularios
Matriz de capacitación
- Ubique el título y el estado que identifica su experiencia;
- Haga clic en el enlace debajo de la columna de capacitación correspondiente para ser dirigido a la lista apropiada de escuelas de capacitación de guardias de seguridad aprobadas, formulario de exención o información de contacto.
Título (Status1) |
Capacitación inicial | Anual Capacitación | ||||
---|---|---|---|---|---|---|
Curso de capacitación previa a la asignación de 8 horas | Curso de capacitación en el trabajo de 16 horas | Capacitación en armas de fuego de 47 horas Curso | Curso anual de capacitación en servicio de 8 horas | Curso anual de 8 horas en servicio para guardias armados (si están armados) | ||
Sin capacitación previa en las fuerzas del orden público del estado de Nueva York | Antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad | Dentro de los 90 días posteriores al empleo inicial como Guardia de Seguridad | Antes de solicitar la Tarjeta de Registro de Guardia Armada Especial | Anualmente | ||
Oficial de policía (CPL 1.20) (actualmente en servicio) |
Exento de los requisitos de capacitación y licencia | Exento de los requisitos de capacitación y licencia | ||||
Ex oficial de policía (separados < 10 años) |
Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Policía, Oficial de Paz o Guardia de Seguridad Armas de Fuego Anuales | |||
Ex Oficial de Policía (separado > 10 años) |
Exento: vaya al Departamento de Estado | antes de solicitar un seguro Tarjeta de registro de guardia y anualmente | Antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad de guardia armado especial y anualmente | |||
Oficial de corrección (NYS DOCS) ( actualmente en servicio) |
Exento: Proceda al Departamento de Estado | Exento: Proceda al Departamento de Estado | ||||
Ex oficial correccional (NYS DOCS) (se parated < 10 años) |
Exento: Proceda al Departamento de Estado | Exento: Proceda al Departamento de Estado | * Antes de solicitar una Tarjeta de registro de guardia de seguridad de guardia armado especial y anualmente | |||
Ex oficial de corrección (NYS DOCS) (separados > 10 años) |
Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad y anualmente | Antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad de guardia armada especial y anualmente | |||
Oficial de puentes y túneles, sargento o teniente de la TBTA | Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Exento: Diríjase al Departamento de Estado | ||||
Ex oficial de puentes y túneles , Sargento o Teniente del TBTA (separado < 10 años) |
Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Exento: proceda a Departamento de Estado | * Antes de la licencia y anualmente | |||
Ex oficial de puentes y túneles, sargento o teniente de la TBTA (separados < 10 años) |
Exento: Diríjase al Departamento de Estado | antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad y anualmente | Antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad de guardia armada especial y anualmente | |||
Oficial de la corte o secretario del sistema judicial unificado | Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Exento: Diríjase al Departamento de Estado | ||||
Ex oficial del tribunal o secretario de el Sistema Unificado de Tribunales (separados < 10 años) |
Exento: Proceda al Departamento de Estado | Exento : Diríjase al Departamento de Estado | * Antes de solicitar una Tarjeta de registro de guardia de seguridad de guardia armado especial y anualmente | |||
Ex oficial de la corte o secretario de la U Sistema judicial nificado (> 10 años separados) |
Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Antes de Solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad y anualmente | * Antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad de guardia armado especial y anualmente | |||
Sheriff, Undersheriff o Sheriff adjunto de la Oficina del Sheriff de la Ciudad de Nueva York | Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Exento: Proceda al Departamento de Estado | ||||
Antiguo alguacil, alguacil adjunto o alguacil adjunto de la oficina del alguacil de Nueva York (< 10 años) |
Exento: Diríjase al Departamento de Estado | Exento: Diríjase al Departamento de Estado | * Antes de solicitar una Tarjeta de registro de guardia de seguridad de guardia especial armado y anualmente | |||
Antiguo alguacil, alguacil adjunto o alguacil adjunto de la oficina del alguacil de Nueva York (> 10 años separados) |
Exento: Diríjase al Departamento de Estado | antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad y anualmente | * antes de solicitar una guardia especial de seguridad armada Tarjeta de registro de guardia y anualmente | |||
Otro oficial de paz a tiempo completo (CPL 2.10 o 2.16) (empleado actualmente) |
Elegible para una exención de capacitación a través de DCJS | Anualmente | Puede utilizar la capacitación anual en servicio para oficiales de paz | |||
Ex Otro Oficial de paz a tiempo completo (CPL 2.10 o 2.16) (separados 4 años o menos) |
Elegible para una exención de capacitación a través de DCJS | Anualmente | * Antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad de guardia armado especial y anualmente | |||
Otro ex oficial de paz a tiempo completo (CPL 2.10 o 2.16) (separados por más de 4 años) |
El período de elegibilidad de la exención venció – no hay exenciones disponibles | — | – – |
1La separación del servicio se define como jubilación o renuncia desde la posición.
* Los solicitantes de tarjetas de registro de guardia armado especial que hayan completado el entrenamiento inicial en armas de fuego y fuerza física letal más de 12 meses antes de ser empleados como guardia de seguridad deben completar el Curso de capacitación anual en servicio de 8 horas para Guardias de seguridad armados o una calificación anual de armas de fuego de la policía, o una calificación anual de armas de fuego de oficial de paz antes de solicitar una tarjeta de registro de guardia armada especial.
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