Compromiso voluntario e involuntario

Si usted o un ser querido está experimentando una crisis de salud mental, llame a Servicios de Crisis al 814-456-2014 o al 1- 800-300-9558. Los servicios están disponibles las 24 horas del día, los siete días de la semana, y se puede enviar un equipo de crisis móvil para ayudar a la persona y / o familia con la situación de crisis.

Cuando una persona está experimentando una crisis de salud mental , las siguientes opciones de servicio están disponibles para ellos:

  • Admisión voluntaria (201) a una unidad psiquiátrica en un hospital comunitario.
  • Evaluación y tratamiento involuntarios (302) a un Unidad psiquiátrica en un hospital comunitario.

Compromiso voluntario (201)

Un compromiso voluntario puede ser apropiado para cualquier persona de 14 años o más que esté experimentando un problema de salud mental crisis y siente que una hospitalización es necesaria para su seguridad. Una persona que busca tratamiento bajo la Sección 201 puede llegar a una sala de emergencias para una evaluación para determinar el nivel de tratamiento necesario. No se requieren audiencias durante esta admisión y no se presenta información a la policía estatal sobre el tratamiento psiquiátrico de la persona. En el momento de la admisión, se le pedirá a la persona que acepte dar un aviso por escrito con 72 horas de anticipación antes de abandonar la instalación si decide irse en contra de los consejos médicos. Si se recomienda la atención hospitalaria, la persona debe firmar un formulario 201 y ayudar a desarrollar un plan de tratamiento con el centro de tratamiento.

Los adolescentes menores de 14 años pueden ser admitidos en una admisión voluntaria por un padre o tutor legal. Además, los padres o tutores legales pueden firmar un 201 para un adolescente menor de 18 años, pero solo si el adolescente ya está en una sala de emergencias y es recomendado por un médico.

Allí No hay límite de tiempo para la estadía voluntaria de un paciente. El individuo puede quedarse mientras él o ella y el personal médico crean que existe una necesidad continua de tratamiento hospitalario.

Compromiso involuntario (302)

Un internamiento involuntario es un solicitud de evaluación y tratamiento de emergencia para personas que son un peligro para ellos mismos o para otros debido a una enfermedad mental. Una persona que solicita un 302 porque está preocupada por otra se denomina peticionario. Los siguientes criterios se consideran al tomar una decisión para aprobar un 302:

  • Se mostrará el peligro para uno mismo al establecer que dentro de los 30 días anteriores, se ha aplicado una de las siguientes situaciones:
    • La persona no podría sin el cuidado, la supervisión y la ayuda de otros para satisfacer su necesidad de alimentación, atención personal o médica, refugio o autoprotección o seguridad, y que la muerte o el debilitamiento físico grave ocurrirían dentro de los 30 días a menos que se haya proporcionado tratamiento.
    • La persona ha intentado suicidarse o la persona ha amenazado con suicidarse y ha cometido actos en apoyo de las amenazas.
    • La persona se ha mutilado a sí misma , o la persona ha hecho amenazas de mutilación y ha cometido actos en apoyo de las amenazas.
  • El peligro para los demás se demostrará estableciendo que dentro de los 30 días anteriores, el persona ha infligido o intentado infligir daños corporales graves a otra o ha s amenazó con lesiones corporales graves y ha cometido actos en apoyo de la amenaza de dañar a otra persona.

Debido a que este compromiso es involuntario, puede requerir la asistencia de familiares, profesionales de crisis, policías , ambulancia y cualquier otra persona involucrada en la crisis. Un peticionario debe tener conocimiento de primera mano de la conducta peligrosa.

Un oficial de policía o un médico tiene la autoridad para iniciar un 302 sin la autorización previa del delegado de la Oficina de Salud Mental / Discapacidades Intelectuales del Condado de Erie.

Una vez que se autoriza un 302, la policía o una ambulancia llevarán al individuo a una sala de emergencias para que un médico lo evalúe y determine si es necesario que ingrese para un tratamiento psiquiátrico involuntario. Si la persona es admitida, no se le puede retener más de 120 horas, a menos que el hospital presente una petición para un 303, Tratamiento involuntario de emergencia extendido.

Tratamiento involuntario de emergencia extendido (303)

Si el médico determina que se necesitan días adicionales de internación, el hospital presentará una Petición de compromiso 303 ante los tribunales para el tratamiento involuntario de emergencia extendido. Si no se necesitan días adicionales de internación, la persona será dada de alta del hospital dentro de las 120 horas. Se lleva a cabo una audiencia 303 en el hospital tratante para determinar si es necesario un tratamiento adicional más allá de las 120 horas iniciales.

Tratamiento hospitalario a largo plazo (304b)

Cuando un médico determina que la persona necesita un tratamiento hospitalario involuntario continuo más allá de los 20 días autorizados por el 303, un 304b , Se considera el tratamiento hospitalario a largo plazo. El hospital debe presentar una petición y solicitar otra audiencia. El psiquiatra tratante proporciona un testimonio que indica que el paciente todavía padece una enfermedad mental grave y necesita tratamiento adicional. El oficial de revisión de salud mental puede ordenar un tratamiento adicional por un período que no exceda los 90 días adicionales.

Tratamiento prolongado a largo plazo (305)

Cuando el tratamiento exceda los 90 días adicionales autorizados por el 304b parece necesario, se considera un 305, Tratamiento extendido a largo plazo. Una audiencia 305 también requiere que el psiquiatra tratante testifique sobre el estado de salud mental del consumidor, momento en el cual el oficial de revisión de salud mental puede ordenar el tratamiento por un período que no exceda los 180 días adicionales.

Acerca de los procedimientos de salud mental

La Ley 77 (Ley de Procedimientos de Salud Mental-Ley de Enmiendas Ómnibus del 2 de julio de 1996, PL 481) enmendó la Ley de Procedimientos de Salud Mental de 1976. Requiere que todos los condados presenten a la Policía Estatal de Pennsylvania la nombres de todas las personas que han sido internadas involuntariamente en tratamiento. Esta Ley prohíbe a cualquier persona comprometida bajo las Secciones 302, 303 o 304 a poseer, usar, fabricar, controlar, vender o transferir armas de fuego. Una persona tiene derecho a apelar este proceso.

La ley de Pensilvania relativa a los compromisos voluntarios e involuntarios de salud mental se puede encontrar en 055 Pa. Code § 5100.71-90a.

Si bien es voluntario Los compromisos están limitados a aquellas personas de 14 años de edad o mayores (con la excepción de los adolescentes comprometidos por un padre o tutor por recomendación médica de una sala de emergencias), los compromisos involuntarios no se limitan a ningún grupo de edad.

Los derechos del paciente se otorgan a todos los consumidores al momento de la admisión. Un paciente tiene derecho a una apelación en cada nivel del proceso de internamiento involuntario.

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